NOTIMUNDO 10-Junio-2021: Entrevista a KARLA RODRIGUEZ- PROPUESTA REFORMA CODIGO INGENIOS

Entrevistador:

Buenos días Karla y gracias por acompañarnos. Un saludo. Igual a todos quienes nos escuchan Karla, ustedes han tenido acercamiento para el debate de este proyecto de ley?

Karla: 

Sí, efectivamente. Nosotros estuvimos trabajando como Asociación de Becarios del Ecuador desde el año 2019 y hemos venido ya trabajando en estas modificaciones del Código en la Asamblea.

Entrevistadora: 

Ok, perfecto. Cuáles son los ejes más importantes? Porque la realidad de las personas que han tenido una beca y que no pueden pagar es realmente complicada y ya lo hemos analizado anteriormente. Cuáles son los ejes importantes para ayudar a estas personas?

Karla:

El código en la reforma que se quiere hacer, de hecho, es muy positiva y no solamente se enfoca en becarios, sino también en los beneficiarios de los créditos educativos. Ahora, aquí hay algo importante  que  hacer notar  en la ley, por ejemplo, si revisamos el artículo 32.1, aquí indica que es un régimen especial de facilidades de pago de cartera vencida. Como indicaba, para los beneficiarios de créditos educativos, ayudas económicas y becarios. En cuanto a los becarios, se habla de aquellos que incumplieron o que tienen, por ejemplo, deudas e obligaciones pendientes de pago. Aquí es importante recalcar el valor de las becas. Las personas tienen distintas posturas respecto a lo que es un becario, pero la beca en si no se paga, un crédito si se paga, pero una beca no. Es decir, una beca no se debe devolver. 

De hecho, yo creo que  es importante citar que tal vez se está desnaturalizando la figura de una beca. Lo que implica una beca en cualquier país del mundo, es una subvención de dinero que se le da a una persona para que estudie y su finalidad no es la devolución de ese dinero, por ejemplo, en el caso de la beca del Ecuador, es la transferencia de conocimiento: que el becario realice proyectos y que devuelva, digamos, en temas de transferencia de conocimiento, lo que ha aprendido en otros países. Entonces ahí creo que es muy importante considerar esto: la diferencia entre una beca y entre un crédito, y creo que tal vez es necesario en el código hacer esta diferenciación.

Entrevistadora:

Correcto, eso es muy importante, porque las personas que recibieron una beca no deberían devolver el dinero. Pero de acuerdo a algunos lineamientos de la SENESCYT, quienes no conseguían trabajo tendrían que devolver el dinero en. De esos está tratando en esta ley.

Karla:

Hay varias razones por las que un becario podría, llegar a incumplir el contrato y tendría que devolver la beca. Ahora nosotros como Asociación de Becarios, ABREC, estamos trabajando desde el año 2018 en impulsar estas modificaciones. Es muy injusto, por ejemplo, que un becario tenga que devolver una beca por no conseguir el empleo a tiempo y ya que eso no depende en sí del becario. Esta ley, esta reforma, si por ejemplo, revisamos las disposiciones transitorias, la primera y la segunda de este proyecto de ley, en donde se especifica una ley de eficiencia de trámites, que indica que para liquidar una beca solamente se los realiza con la presentación del título. La diferenciación es que la SENESCYT al día de hoy no aplica esta ley. Esta ley de hecho se publicó en el año 2018 y dice claramente, en este caso la institución rectora de Educación Superior no podrá pedir ningún otro documento diferente al título, porque el título es el resultado de que el becario cumplió con la beca. Pero a nivel ya operativo eso no se aplica. De hecho, la SENESCYT, en su lugar, ha colocado tres diferentes tipos de liquidación. Hablan de la liquidación financiera, hablan de una liquidación de compensación y una liquidación final cuando el becario ya complete su fase de compensación de beca en el país. 

Entonces este hecho es nuestra preocupación, porque si bien esta propuesta de ley es muy positiva, ya a nivel operativo no siempre se aplica. Esto es lo que nos está pasando, con esta ley de Eficiencia de Trámites, en donde se decía claramente que el ente rector, en este caso la SENESCYT, tenía 90 días para empezar a aplicar esta ley. Eso hablamos del 2018. Hoy día estamos ya han pasado varios años y hasta la fecha esto no se aplica. Por ejemplo dice la SENESCYT que estas leyes no tienen un efecto retroactivo. Entonces, como los becarios firmaron sus contratos mucho antes, esto aplicaría para los nuevos becarios, pero ya no para los becarios que ya obtuvieron su beca anteriormente. Entonces, esto va a pasar posiblemente con esta ley. Si se aprueba y no se consideran estos aspectos al nivel operativo, de gestión, es posible que se vuelva a repetir esto. Que no se aplique la ley.

Entrevistadora: 

Perfecto, entonces perfecto. Karla, nosotros estaremos pendientes de cómo se desarrolle el debate, porque apenas va a llegar el primer debate dentro del pleno de la Asamblea Nacional y quizás para el segundo ya se tomen estas consideraciones, porque es muy importante que los becarios tengan este respaldo. Muchísimas gracias a Karla Rodríguez, presidenta de la Asociación de Becarios del Ecuador. Gracias por acompañarnos.

Karla: 

Muchísimas gracias a usted.

Escucha la entrevista en audio en: 

https://notimundo.com.ec/becarios-ley-de-conocimientos-desnaturalizaria-el-concepto-de-la-beca-estudiantil/